Ciudad de México, 13 de septiembre de 2021

CFDI de Ingreso/Traslado y Complemento Carta Porte

Estimados Clientes,

El pasado 10 de septiembre de 2021 la SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, mediante la cual actualizó, entre otras cosas, la Regla Miscelánea Fiscal 2.7.1.9, eliminando en varios puntos de la regla lenguaje impreciso o que prestaba a dificultades en su interpretación y aplicabilidad. Así pues, la citada regla queda en lo términos que se explican y detallan a continuación:

  • Se elimina la mención de que los traslados deban llevarse a cabo por vías federales como prerrequisito para la emisión de los documentos fiscales mencionados en la regla para Intermediarios y propietarios de mercancías. Con esto se amplía la aplicabilidad de esta regla para para aquellas personas que lleven a cabo el transporte de su mercancía a través de medios propios y para los Intermediarios del servicio de transporte, los cuales deberán emitir el CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte y el CFDI de Traslado, según les corresponda, en todos y cada uno de los traslados terrestres que lleven a cabo, sean a través de carreteras federales o vías de jurisdicción local.
  • Se elimina mención de que deberá ser el Intermediario el que lleve a cabo el transporte de la mercancía como requerimiento para la emisión del CFDI de Traslado. Con esta modificación las Autoridades Fiscales muestran un mejor entendimiento sobre el esquema de negocios y de operaciones de los intermediarios del servicio de Autotransporte Federal de Carga, y dejan mucho más claro el rango de la aplicabilidad de estas nuevas disposiciones, esclareciendo que, los intermediarios están obligados a la emisión del CFDI de Traslado como documento probatorio de los servicios que prestan y que deberá acompañar a la carga durante su trayecto dentro de la república mexicana.
  • Se adiciona a la regla 2.7.1.9. un nuevo párrafo que a la letra dice: “[t]odos los contribuyentes que estén relacionados con el traslado de mercancías deberá expedir, en términos de lo previsto en la presente regla, el CFDI con complemento “Carta Porte”, de tipo traslado o de tipo ingreso, de acuerdo a su participación en la operación.” Con lo anterior queda aún más claro que las Autoridades Fiscales esperan que todos y cada uno de los participantes en cadenas de transporte emitan los documentos fiscales correspondientes, y eliminan cualquier oscuridad respecto a la obligatoriedad de estos para los Intermediarios.

Por último, como hemos mencionado en comunicaciones y opiniones pasadas, es importante tener presente que, en los últimos meses se han llevado a cabo reuniones y se han instaurado mesas de trabajo integradas por agentes y personal del SAT y de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte con diversos prestadores de servicios de transporte y logística, y cámaras de comercio de la industria. En estas reuniones, la Autoridad Fiscal ha dado indicios extraoficialmente que su intención es el prorrogar hasta el 1° de enero de 2022 la obligación de la misión de estos nuevos documentos fiscales, sin embargo hasta el día de hoy no ha habido un pronunciamiento oficial por parte de las autoridades fiscales, por lo que, en los términos del artículo transitorio décimo primero de la Primer Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, la fecha de obligatoriedad de los lineamientos discutidos en la presente sigue siendo el 29 de septiembre de 2021.

No obstante lo anterior, consideramos altamente probable que en los próximos días la SHCP publique o se pronuncie en torno a la prórroga de estas obligaciones.

Sin nada más que mencionar, les enviamos un cálido saludo.

Sesma, Sesma & McNeese, S.C.

Sesma
Author: Sesma